Información Formación para el Arraigo

¡Residencia temporal!

para personas extranjeras

FORMACIÓN SUBVENCIONADA

Arraigo Socioformativo

Es una residencia temporal por arraigo socioformativo para personas extranjeras que hayan vivido al menos 2 años en España y estén cursando o se comprometan a realizar una formación orientada a mejorar su empleabilidad.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas extranjeras que:

  • Han vivido en España al menos 2 años de forma continuada (con ausencias que no superen 90 días en total)

  • Están matriculadas o se comprometen a realizar una formación oficial o formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo orientada al desempeño del catalogo de ocupaciones de difícil cobertura

  • No sean solicitantes de asilo en el momento de la presentación de la solicitud ni durante el trámite.

  • No tener la nacionalidad de la UE, EEE o Suiza o familiar de este.

  • No tienen antecedentes penales en España ni en los países donde hayan residido los últimos 5 años.

  • No tienen prohibida la entrada a España ni a otros países con los que exista convenio.

  • No representan una amenaza para el orden público, la seguridad o salud pública.

¿CÓMO SE SOLICITA?

  • DÓNDE:

    • Presencialmente: en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
    • Telemáticamente: A través de la sede electrónica del Ministerio (plataforma Mercurio).
  • TASA:

    • Modelo 790 – Código 052 (epígrafe 2.3.1).
  • PLAZO DE RESPUESTA:

    • La administración tiene 3 meses para resolver.
    • Si no hay respuesta en ese plazo, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.

¿QUÉ documenTos necesito?

  • Formulario EX-10.

  • Pasaporte completo en vigor (copia de todas las páginas).

  • Pruebas de que llevas al menos 2 años en España (empadronamiento, atención médica, certificados, etc.).

  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de los países donde hayas residido los últimos 5 años.

  • Informe de Integración Social, emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento del domicilio habitual donde residas.

  • Compromiso de realizar una formación, o acreditación de que ya estás matriculado/a.

Si tus documentos son de otro país, deben estar traducidos por traducción jurada y legalizados o apostillados.

SI TE LA CONCEDEN…

  • Tendrás residencia temporal por 1 año.

  • Podrás trabajar por cuenta ajena 30 horas.

  • Deberás acreditar la matrícula en la formación en un plazo de 3 meses desde la notificación de la concesión.

  • Deberás solicitar cita en la comisaria de localidad de residencia para el TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) (previo pago tasa 790-012).

  • La autorización puede prorrogarse si sigues con la formación o estás inscrito en el SEPE, en búsqueda activa de empleo.

¿CÓMO me inscribo en fpe FORMACIÓN?

Elige uno de nuestros cursos disponibles y cumplimenta su formulario de inscripción.

Una vez recibida tu pre-inscripción recibirás en tu mail recibirás información para aportar la documentación necesaria.

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